El nuevo reglamento de Protección de Datos GDPR (de sus siglas en inglés, General Data Protection Regulation), renueva la Directiva de Protección de Datos, vigente desde 1995, muy deficiente en cuanto al marco tecnológico actual y los nuevos comportamientos sociales derivados del mismo.
El GDPR responde a las exigencias regulatorias de los 28 países miembros de la U.E. y es un novedoso marco en cuanto a los derechos ciudadanos del tratamiento de datos personales y el derecho a la privacidad de los mismos.
Tanto la administración pública como las empresas han dispuesto de dos años para adaptarse a la nueva legislación en vigor desde 2016, cuyo plazo termina el 25 de mayo próximo. Será de obligado cumplimiento no solo para los estados miembros sino también, para “cualquier organización que capte, almacene o tramite datos de carácter personal de ciudadanos de la U.E., independientemente de donde esté ubicada”, según explica la web gubernamental.
Este reglamento entiende domo “dato personal” a cualquier tipo de información que permita identificar a una persona que se trate de un e-mail, identificaciones captadas a través de cookies o una dirección IP, inclusive aquella información recogida a través de un dispositivo que responda al Internet de las Cosas.
Por su parte la Agencia Española de Protección de Datos ha lanzado un Listado normativo de cumplimiento para facilitar la adaptación RGPD, que puede consultarse su página oficial http://www.agpd.es/portalwebAGPD/index-ides-idphp.php
Fuente original de la noticia: http:www.datos.gob.es